Facturación Electrónica

Obligación de presentación de facturas.

La factura electrónica en la Universidad de Jaén

Los proveedores que hayan entregado bienes o prestado servicios a la Universidad de Jaén (Ley 25/2013 de Impulso de la Factura Electrónica y Creación del Registro Administrativo de Facturas) presentarán, en el plazo de 30 días desde la fecha de entrega efectiva de la mercancía o la prestación del servicio, la factura a través del Punto General de Entrada de Facturas de la Administración General del Estado (FACe).

A efectos de colaboración y asistencia en la adaptación de los proveedores –especialmente personas físicas y micropymes- a este sistema de presentación de facturas, éstos dispondrán de apoyo en el Área Económica de la Universidad de Jaén para la elaboración de facturas electrónicas (programa Factura-e) y para su presentación en FACe (artículo 12 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas). La presentación de facturas será en todo caso a través de FACe (artículo 14.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), no teniéndose por presentada ni generando obligación de pago para la Universidad de Jaén cualquier factura presentada por otro medio distinto al aquí establecido.

Las facturas deberán tener un formato estructurado (aprobado reglamentariamente) y estar firmadas con firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido. La factura electrónica tendrá los mismos requisitos y efectos tributarios que la factura en soporte papel.

Como siempre y para cualquier aclaración, estamos a su disposición en el teléfono: 953 211896 y en el correo electrónico: servaeco [arroba] ujaen [punto] es

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