Plan de Fortalecimiento UJA. Capacidades en I+D+I Consejería de Economía, Ciencia y Empleo. (FEDER). Acción 4. Ayudas a personal investigador de la Universidad de Jaén para estancias en otros centros de investigación

Acción 4. Ayudas a personal investigador de la Universidad de Jaén para estancias en otros centros de investigación

Características. Se establece un máximo de una ayuda por persona y año. Estas ayudas tendrán carácter subsidiario, es decir, se deberá haber cursado previamente una solicitud a algún organismo externo. En caso de obtención de la ayuda externa, el importe de la misma compensará el de la ayuda concedida a través de este Plan.

Se concederán ayudas para la estancia en centros de investigación nacionales o extranjeros para periodos ininterrumpidos de un mínimo de un mes. La finalidad de la estancia deberá estar directamente relacionada con el desarrollo de actividades de investigación. Para las estancias de duración superior a tres meses la ayuda podrá incrementarse para compensar, al menos en parte, la minoración del salario. Para los casos de estancias financiadas en países con los que la Seguridad Social española no tenga convenio específico de cobertura sanitaria, la ayuda podrá contemplar esta circunstancia.

La cuantía de la ayuda se determinará por la Comisión de Investigación. En la solicitud deberá constar la idoneidad del centro de destino, la de la persona que formula la invitación, así como el beneficio de la estancia para la Universidad de Jaén (por ejemplo, en términos de incremento de la producción científica o de transferencia).

Requisitos y Formalización de solicitudes. Las solicitudes se podrán formular en cualquier momento del periodo de vigencia de este Plan. Una vez realizada la actividad, deberán presentarse en el Servicio de Gestión de la Investigación, en el plazo de un mes desde su finalización, una certificación emitida por el organismo receptor y la cuenta justificativa de los gastos. Documentación: i) Solicitud en impreso normalizado; ii) Memoria justificativa de la actividad a desarrollar; iii) Fotocopia del documento acreditativo de la aceptación de la universidad o centro de investigación donde se vaya a realizar la estancia; iv) Copia de la solicitud de ayuda externa; v) Autorización del Vicerrectorado de Docencia y Profesorado y visto bueno de la Dirección del Departamento; vi) Solicitud de Comisión de Servicios.

Resolución. Vicerrectorado de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación.

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